miércoles, 17 de marzo de 2010

Código Sustantivo del Trabajo (C.S.T.)


Objeto: Lograr la justicia en las relaciones entre trabajador y el empleador, dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social.

Aplicación: Rige en todo el territorio de la república de Colombia, sin consideración a su nacionalidad.

Relaciones que regula: Las relaciones individuales de trabajo y las de derecho colectivo oficiales y privadas.

Servidores públicos: Los servidores del estado no se rigen por este código, sino por los estatutos especiales, que posteriormente se dicten.

Trabajo: El trabajo que regula este código es toda actividad humana libre, ya sea material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra, y cualquiera que sea su finalidad, siempre que se efectúe en ejecución de un contrato de trabajo.

Trabajo ocasional: Es el de corta duración, no mayor a un mes que se refiere a labores distintas de las actividades normales del empleador.

Igualdad de los trabajadores: Todos los trabajadores son iguales ante la ley.

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